Los habilitados estatales son profesionales que trabajan en los ayuntamientos y entidades locales. Su tarea consiste en facilitar la acción de los gobiernos locales de acuerdo con las reglas del Estado de Derecho. Además, el ordenamiento jurídico les encomienda unas técnicas o funciones públicas obligatorias tales como la fe pública, el asesoramiento legal, la fiscalización de los fondos públicos, la contabilidad de las cuentas y la tesorería, ejercidas al servicio de los ciudadanos, con independencia de los partidos políticos a los cuales corresponde la acción de gobierno.
Las funciones de los secretarios-interventores, secretarios e interventores-tesoreros de la Administración Local son complejas por su naturaleza directiva. Se pueden definir como mínimo algunas que son obligatorias en todas las corporaciones locales. Son las siguientes:
Secretarios/as: Asesoramiento legal preceptivo de la Corporación, del Alcalde y de las Comisiones. La fe pública de todos los actos y acuerdos.
Interventores/as: El control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria.
Tesoreros/as: El manejo y custodia de fondos y valores del Ayuntamiento y la Jefatura de los Servicios de Recaudación.